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CASOS DE EXITO |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID CONFIRMA SENTENCIA CONTRA SCHWEPPES Y MANTIENE INDEMNIZACION TRAS RESOLUCION DE CONTRATO VERBAL DE DISTRIBUCION
La Audiencia Provincial de Madrid, mediante sentencia de 2 de octubre de 2.008, ha confirmado plenamente en apelación la sentencia dictada en su día por el Juzgado de Primera Instancia Nº 51 de Madrid, que estimó íntegramente la demanda presentada por el Letrado de la Consultora AFFIRMA, D. Antonio Aguilar, por la que se condena a la entidad “Schweppes Bebidas de España, S.A.” a abonar como indemnización por clientela, y por otros conceptos, una suma cercana a los 300.000.- euros.
El Tribunal confirma y mantiene una importantísima condena dineraria sobre “Schweppes”, y ello al amparo de un mero contrato verbal que existía entre la citada empresa y una persona física, que durante años se encargó de la distribución en exclusiva de los productos comercializados por “Schweppes”.
Dando la razón a los argumentos del Letrado D. Antonio Aguilar, la Audiencia Provincial de Madrid reconoce probado que existía un contrato verbal de distribución, que tuvo que ser resuelto a instancia del demandante, a consecuencia de que “Schweppes” dejó de suministrar los pedidos que le eran realizados, todo lo cual hace que el Tribunal considere razonada la resolución de contrato operada por el demandante, y por ello en justificada la indemnización solicitada por el mismo.
Cualquier comerciante, por pequeño y humilde que sea, puede exigir y hacer valer sus derechos frente a cualquier compañía, exigiendo la indemnización que corresponda ante el incumplimiento por parte de la empresa dominante de sus obligaciones, y ello aún cuando no exista contrato escrito, sino un mero acuerdo verbal.
La Audiencia Provincial de Madrid ratifica que “Schweppes” debe indemnizar al demandante conforme a lo establecido en la compensación por clientela en la Ley de Agencia, según remuneración media contractual obtenida en los últimos cinco años por el comerciante. Se evita así además el enriquecimiento injusto a favor de la empresa dominante, cuando el distribuidor con su esfuerzo y buen hacer ha creado mercado y clientela, que será después aprovechada por el concedente.
Esta sentencia de la Audiencia Provincial debe estimular y animar aún más a los pequeños comerciantes, que estando vinculados mediante un contrato de distribución con una empresa principal y dominante, pueden defender sus derechos y hacer valer sus intereses frente a los abusos e incumplimientos que se produzcan, siendo posible obtener una indemnización por clientela cuando el contrato existente, aún siendo verbal, ha tenido que ser rescindido.
Remarcamos la importancia de este pronunciamiento, porque protege los derechos de los pequeños comerciantes frente a los arbitrarios y abusivos métodos de las grandes empresas, y porque realiza además una moderna y audaz valoración de la realidad económica de nuestros días, siempre tan cambiante y dinámica.
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